¿Cómo IMPORTAR desde Argentina? ¡Costos e Info Acá!

Datos para importar desde Argentina

Esta página ha sido especialmente diseñada para aquellos empresarios que desean incursionar por primera vez en comercio exterior. La mayoría de las pequeñas empresas argentinas creen que la posibilidad de hacer negocios en el exterior está reservada a aquellos que cuentan con un gran capital. Esto está lejos de ser cierto. Intentaremos en pocas y sencillas palabras explicar los pasos que se sigue en una importación, incluyendo cómo calcular los costos, transitando el camino que hará la mercadería que se adquiere en el exterior hasta que llega a su depósito.

Todos los pasos y requisitos para importar:

A continuación pasaremos a detallar como es la secuencia de una operación de importación. La misma, atraviesa los siguientes momentos:

1) Contactar al proveedor del exterior y acordar la compra

Una vez analizado el mercado y tomada la decisión de importar un producto, se deberá establecer contacto con las empresas del exterior que puedan proveerle el mismo. Hoy en día, este tipo de información es muy sencilla de obtener utilizando herramientas como internet y correo electrónico.

Usualmente, el contrato de compra-venta internacional se instrumenta a través de una “Orden de Compra”, la cual es la aceptación expresa de la oferta “Cotización” del proveedor.

Con respecto a los precios en el comercio internacional, estos pueden ser de varios tipos. Los más comunes son ExWorks, FOB y CIF. La utilización de las distintas condiciones de precio, muchas veces tienen que ver con la experiencia en comercio exterior que posean ambas partes, proveedor y comprador.

Ex Works significa “En Fábrica” y quiere decir que la mercadería se entrega en la fábrica del proveedor, y el resto de los costos para traerla hasta el negocio del comprador corren por cuenta de este último.

FOB: significa “Libre en Buque”, es decir que el precio de la mercadería incluye los costos hasta encontrarse cargada en el buque en el puerto de origen, el resto de los costos quedan a cargo del comprador.

CIF significa “Costo, Seguro y Flete”, o sea, el precio incluye los costos hasta que la carga se encuentra en el buque en el puerto destino, lo que resta abonar es el manipuleo en el puerto (son los gastos por descargar la mercadería del buque y cargarla a un camión), los costos aduaneros (derechos de nacionalización, anticipo de impuestos) y el flete hasta el negocio del comprador.

Con respecto a la cantidad, es necesario mencionar la forma de transporte de la mercadería:

La más habitual es en contenedores, que son grandes cajas metálicas y existen de diferentes tamaños. Los utilizados más frecuentemente son los de 20 pies(6 x 2 x 2,5 mts.; 30 m3) o 40 pies (12 x 2 x 2,5 mts; 60 m3).

Por lo tanto, se puede comprar mercadería suficiente como para ocupar un contenedor entero, o sino parte del mismo (las empresas que realizan los fletes internacionales de mercaderías, disponen de contenedores para transportar pequeños volúmenes de diferentes dueños).

Por ello, una alternativa muy interesante para aquellos que se inician en el comercio exterior, es la posibilidad de agruparse con varios empresarios del medio y formar un pool de compras, para de esa forma alquilar un contenedor completo.



2) Contactar a un despachante de aduana

El despachante es un profesional que lo asesorará con respecto a los derechos de importación que le corresponde al tipo de mercadería que desea importar para poder analizar la viabilidad de la operación.

Además es quien le confeccionará la documentación aduanera correspondiente al ingreso y egreso de mercaderías del territorio. Esta documentación, se realiza al momento de arribo de la carga al país (puerto destino), y es controlada y visada por el personal aduanero.

3) Inscripción en Aduana

Para poder realizar la operación de comercio exterior es condición indispensable solicitar la inscripción como importador / exportador ante la Dirección General de Aduanas. Este trámite no tiene costo y demora 15 días (aproximadamente) a partir del momento de presentación de la solicitud correspondiente. Esto se realiza por única vez.

4) Efectivizar el pago al proveedor

Uno de los medios de pago utilizado más frecuentemente es la carta de crédito. Este medio asegura el cumplimiento de las condiciones pactadas entre las partes.

El comprador deberá iniciar la gestión de pago con un banco de su plaza (Por ejemplo, en la sucursal de cualquier Banco que existe en República Argentina), que recibe la denominación de Banco Emisor. El emisor se pondrá en contacto con su corresponsal en el exterior para informar al proveedor de la existencia de una carta de crédito abierta a su favor.

Una vez que el proveedor ha sido notificado embarcará la mercadería y presentará la documentación de embarque original en el banco de su plaza (exterior) a la espera del pago. El banco en el exterior revisa la documentación y si la encuentra conforme a los términos de la carta de crédito, efectúa el pago a su cliente.

Paralelamente, este banco envía la documentación original al banco emisor para su revisión, si el emisor la encuentra conforme a lo establecido en la carta de crédito emitirá el pago a su corresponsal. En este mismo momento el comprador es notificado de la llegada de los documentos de embarque originales para que los retire y efectúe el pago. Con esta documentación en su poder el comprador puede realizar el despacho a plaza de la mercadería a su arribo.

5) Despacho a plaza

Es importante tener en cuenta que el traslado de la mercadería desde su origen (Por ejemplo, desde China, EEUU, Brasil o Europa) hasta su destino (Argentina) demora entre 20 y 25 días.

Una vez que la mercadería llega al puerto destino (Seguramente, el puerto de Buenos Aires que es el más importante de nuestro país), el despachante de aduana le informa al comprador el monto que debe depositarle al Estado Nacional, a través de la Dirección General de Aduanas, en concepto de pago de los derechos de importación o nacionalización.

Seguidamente, el despachante confecciona la documentación correspondiente y la presenta ante la delegación de Aduana del puerto destino, para que esta última, autorice el ingreso de la mercadería al territorio.

Documentación mínima necesaria para confeccionar los despachos aduaneros son:

Factura comercial: es el único documento que se tomará como base para la determinación del valor de la transacción. Se requiere presentar un original y tres copias.

Documento de Embarque: podrá tratarse según el caso de: conocimiento de embarque, para transporte marítimo; guía área, para transporte aéreo y carta de porte, para transporte terrestre. Se requieren tres originales y tres copias.

Lista de Empaque: detalla la cantidad de mercadería contenida en cada bulto, peso neto y bruto y sus respectivas medidas).

Certificado de Origen: no siempre es obligatorio. Puede ser requerido por la Aduana argentina cuando la mercadería goce de una preferencia arancelaria o por medidas proteccionistas aplicadas a ciertas mercaderías (textiles, calzado, etc.). Por ejemplo, por Resolución SICM 305/99, el gobierno argentino requiere la presentación de certificado de origen para toda aquella mercadería originaria de países no miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC)

Actualmente, existen una serie de descuentos y exenciones para la importación de algunos bienes y productos.

6) Contratación de flete

Una vez liberada la mercadería por Aduana, una empresa de transporte podrá retirar la mercadería del puerto y la traslada hasta el negocio del comprador.

Requisitos para poder importar desde Argentina:

Estar inscripto como importador ante la Dirección General de Aduanas (DGA).

Estar inscripto ante la Dirección General Impositiva (AFIP).

Poseer CUIT y estar habilitado para ejercer el comercio.

Personas físicas y Jurídicas deben registrar los datos biométricos: escaneo del DNI, Registro digital de firma y huella, y foto (en la dependencia de AFIP más cercana a su domicilio), luego ingresando con clave fiscal deberá realizar la “Aceptación de datos biométricos”.

No registrar antecedentes penales ni judiciales.

Poseer Solvencia Económica de acuerdo a lo establecido por Res. Gral AFIP nro. 2144/2006.


* Recomendamos que se asesore con profesionales especializados.

FUENTE: Zona Franca General Pico

Author: Empresas